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NUEVA REGULACION DE PERMISOS POR NACIMIENTO Y CUIDADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que amplía en tres semanas el permiso por
nacimiento y cuidado de menor.

A continuación, le informamos sobre la nueva regulación de permisos por nacimiento y cuidado, recogida  en el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE de 30 de julio):  

• Permiso por nacimiento y cuidado del menor  

  • Cada progenitor/a tiene derecho a 19 semanas de suspensión del contrato de trabajo: 
  • 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, a jornada completa.
  • 11 semanas voluntarias hasta que el menor cumpla 12 meses.  
  • 2 semanas adicionales para cuidado del menor, hasta los 8 años de edad.  

• Permiso en familias monoparentales  

  • El permiso total será de 32 semanas:  
  • 6 semanas obligatorias
  • 22 semanas voluntarias 
  • 4 adicionales de cuidado parental, hasta los 8 años de edad.  

• Permiso parental (no retribuido)  

  • Se mantiene el derecho a un permiso de 8 semanas por cuidado de menor hasta los 8 años,  no retribuido.  

• Aplicación retroactiva  

  • Las semanas de ampliación voluntaria (17 ó 28), podrán solicitarse para los nacidos a partir de  1 de agosto de 2025. 
  • Las semanas adicionales (2 o 4) de cuidado del menor, serán aplicables también a nacimientos  producidos desde el 2 de agosto de 2024, y su disfrute podrá solicitarse a partir del 1 de enero  de 2026. 

Observaciones:

  • El ejercicio de estos derechos requiere comunicación previa mínima de 15 días.
  • En caso de disfrute a tiempo parcial o fraccionado, se precisa acuerdo con la empresa.
  • El permiso es individual e intransferible entre progenitores.

Estamos a tu disposición para resolver cualquier duda.

Podemos encargarnos de todo el proceso.

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