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PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SERVICIO DEL HOGAR FAMILIAR

♦ Objeto de la norma  

El Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, regula por primera vez la protección de la seguridad y la  salud en el trabajo de las personas empleadas en el hogar familiar, estableciendo las obligaciones  preventivas que deben cumplir las personas empleadoras en este ámbito.  

Su objetivo es equiparar las condiciones de seguridad y salud de las trabajadoras del hogar con las del resto  de trabajadores por cuenta ajena, garantizando un entorno de trabajo seguro y saludable.  

♦ Ámbito de aplicación  

Se aplica a todas las relaciones laborales incluidas en el ámbito del servicio del hogar familiar, es decir,  cuando una persona empleadora contrata a una persona trabajadora para realizar tareas domésticas,  limpieza, cocina, cuidado de personas, jardinería o cualquier otra actividad dentro del hogar.  

Es exigible a los empleadores a partir del 14 de noviembre de 2025.  

Principales obligaciones de la persona empleadora  

El Real Decreto establece que la persona empleadora debe asumir, respecto de la trabajadora del hogar,  las siguientes responsabilidades básicas en materia de prevención de riesgos laborales:  

  1. Evaluar los riesgos laborales existentes en el domicilio donde se prestan los servicios (productos  de limpieza, posturas, manipulación de cargas, uso de escaleras, etc.).  
  2. Adoptar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir los riesgos detectados.
  3. Informar y formar a la persona trabajadora sobre los riesgos existentes y las medidas preventivas  aplicables. 
  4. Proporcionar equipos de trabajo y de protección adecuados, sin que el coste recaiga sobre la  persona trabajadora.  
  5. Documentar por escrito la evaluación y las medidas adoptadas, entregando copia a la persona  trabajadora.  
  6. Garantizar la vigilancia de la salud en función de los riesgos identificados.  

♦ Cómo cumplir con la norma  

La norma permite a las personas empleadoras cumplir sus obligaciones de forma sencilla mediante dos  vías:  

  • Plataforma PREVENCION10.es: herramienta gratuita del Instituto Nacional de Seguridad y Salud  en el Trabajo (INSST) que permite realizar una autoevaluación de riesgos y obtener la  documentación exigida.  
  • Asistencia profesional: posibilidad de contratar el servicio a través de despachos o servicios de  prevención, que elaboren la evaluación de riesgos y la documentación conforme a los requisitos  legales.  

Desde Ballester Asesores podemos encargarnos de todo el proceso:  

  • Evaluación de riesgos adaptada a su hogar  
  • Documentación y entrega de registros exigidos por la norma.  
  • Asesoramiento en materia de formación e información a la empleada.  

Estamos a su disposición para resolver cualquier duda y ayudarle a cumplir con esta nueva obligación de  forma ágil, sencilla y segura. 

Estamos a tu disposición para resolver cualquier duda.

Podemos encargarnos de todo el proceso.

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