El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que amplía en tres semanas el permiso por
nacimiento y cuidado de menor.
A continuación, le informamos sobre la nueva regulación de permisos por nacimiento y cuidado, recogida en el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio (BOE de 30 de julio):
• Permiso por nacimiento y cuidado del menor
- Cada progenitor/a tiene derecho a 19 semanas de suspensión del contrato de trabajo:
- 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, a jornada completa.
- 11 semanas voluntarias hasta que el menor cumpla 12 meses.
- 2 semanas adicionales para cuidado del menor, hasta los 8 años de edad.
• Permiso en familias monoparentales
- El permiso total será de 32 semanas:
- 6 semanas obligatorias
- 22 semanas voluntarias
- 4 adicionales de cuidado parental, hasta los 8 años de edad.
• Permiso parental (no retribuido)
- Se mantiene el derecho a un permiso de 8 semanas por cuidado de menor hasta los 8 años, no retribuido.
• Aplicación retroactiva
- Las semanas de ampliación voluntaria (17 ó 28), podrán solicitarse para los nacidos a partir de 1 de agosto de 2025.
- Las semanas adicionales (2 o 4) de cuidado del menor, serán aplicables también a nacimientos producidos desde el 2 de agosto de 2024, y su disfrute podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
Observaciones:
- El ejercicio de estos derechos requiere comunicación previa mínima de 15 días.
- En caso de disfrute a tiempo parcial o fraccionado, se precisa acuerdo con la empresa.
- El permiso es individual e intransferible entre progenitores.





